Se anula el despido de una empleada por permitir la entrada de una menor en un salón de juegos
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha declarado improcedente el despido de una empleada de un salón de juegos en A Coruña, quien fue despedida tras permitir la entrada de su nieta de seis años, acompañada por su madre, a pesar de la prohibición de acceso de menores en el establecimiento.
La trabajadora, que prestaba servicios en el salón desde 2003, fue notificada de su despido en octubre de 2022, bajo la alegación de motivos disciplinarios, relacionados con la entrada de la menor en septiembre del mismo año. En primera instancia, el despido fue considerado procedente, pero la mujer recurrió la decisión, obteniendo ahora un fallo favorable del tribunal.
El alto tribunal gallego considera el despido improcedente, ordenando la readmisión de la empleada y el abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido. En caso de no ser readmitida, la empresa deberá indemnizarla con una cuantía cercana a los 37.000 euros.
Aunque el tribunal reconoce que el acceso de menores al salón de juegos está prohibido, señala que no hubo sanción a la empresa por este incidente y que la actuación de la trabajadora no puede considerarse una desobediencia grave. Además, la Sentencia pone en perspectiva la sanción de despido comparada con la sanción de suspensión de empleo y sueldo por 16 días impuesta a otra empleada, quien, aunque no permitió la entrada de la menor, también incumplió la normativa al permitir su permanencia en el establecimiento.
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