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ALTA POR HOSPITALIZACION

Permiso Retribuido por Hospitalización

La Audiencia Nacional ha dictado una Sentencia -Sentencia nº 101/2024, de 24 de julio de 2024, Sala de lo Social, Rec. n.º 157/2024-, relevante en el ámbito de los derechos laborales, en la que se establece que el alta hospitalaria de un paciente no implica, por sí sola, la conclusión del permiso retribuido por hospitalización. Este fallo refuerza la protección de los derechos laborales de los trabajadores en situaciones de hospitalización y cuidado de familiares, y representa un avance en la interpretación del Estatuto de los Trabajadores (ET), especialmente en lo relativo a los permisos por accidente o enfermedad grave de familiares.

La principal cuestión abordada en esta resolución es si el alta hospitalaria implica la finalización automática del permiso retribuido, como sostenían algunas empresas, o si, por el contrario, el trabajador mantiene el derecho a disfrutar del período completo de cinco días establecido en el ET, incluso cuando el alta esté acompañada de una indicación de reposo domiciliario.

De acuerdo con la sentencia de la Audiencia Nacional, cuando, tras la hospitalización de un familiar, se prescribe reposo en el hogar, el trabajador tiene derecho a disfrutar de los cinco días completos de permiso, aunque el alta hospitalaria se produzca antes de que finalice dicho plazo. En otras palabras, el alta médica no extingue de manera automática el derecho al permiso retribuido, siempre que exista una indicación médica de reposo domiciliario.

Este pronunciamiento constituye una advertencia clara para las empresas que, hasta ahora, consideraban que el alta hospitalaria concluía de manera inmediata el permiso retribuido. Las empresas deberán revisar sus políticas internas y ajustarlas a la normativa vigente para evitar posibles conflictos legales.

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